Novedades del Sistema Informático de Facturación: VERIFACTU

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) está implementando una de las mayores transformaciones en la gestión fiscal de los últimos años: el sistema VERIFACTU. 

Si emites facturas, te explicamos cómo funciona este sistema obligatorio y qué implicaciones tiene para tu negocio.

1. Qué es el VERIFACTU

Sistema de verificación de facturación electrónica desarrollado por la AEAT.

Objetivo principal:

  • Combatir el fraude fiscal.
  • Impulsar la digitalización de los procesos contables.

Funcionalidad esencial:

  • Garantiza autenticidad, integridad y trazabilidad de las facturas emitidas.
  • Permite a la Administración detectar inconsistencias en tiempo real.

2. Obligados y alcance

Obligados directamente:

  • Los desarrolladores y proveedores de software de facturación, quienes deben adaptar sus programas a los requisitos VERIFACTU.
  • Empresas y autónomos:

Al utilizar un software homologado, pueden optar por remitir o no sus facturas a la AEAT de manera voluntaria (con excepciones reglamentarias).

3. Características técnicas del sistema

3.1. Integridad y seguridad

Registro inalterable mediante:

  • Huellas digitales (hash).
  • Firmas electrónicas.
  • Generación automática de un registro de facturación de alta por cada factura emitida.

3.2. Trazabilidad

  • Encadenamiento de registros para garantizar el seguimiento de cada factura.
  • Posibilidad de generar un registro de anulación con estructura equivalente al registro de alta.

3.3. Comunicación con la AEAT

  • Envío de información:
  • Seguro, íntegro y automático.
  • Continuado, consecutivo e instantáneo.

Garantiza la autenticidad y exactitud del registro de facturación.

3.4. Requisitos en las facturas

Inclusión obligatoria de:

  • Código QR con información relevante.
  • Leyenda: “VERI*FACTU”.
  • Incorporación de mecanismos de huella/hash y firma electrónica.

4. Ventajas 

Reducción del riesgo de:

  • Sanciones.
  • Errores contables.
  • Inspecciones derivadas de incidencias formales.
  • Mayor seguridad jurídica y transparencia en las operaciones comerciales.
  • Ventaja competitiva en validación instantánea de facturas.
  • Facilita auditorías y comprobaciones tributarias.
  • Asegura autenticidad e integridad de las facturas mediante automatización.

5. Régimen sancionador

5.1. Fabricación y comercialización de SIF no conformes

Multa de 150.000 € por ejercicio cuando:

  • Se generen contabilidades distintas.
  • No se registren total o parcialmente las transacciones.
  • Se alteren registros ya generados.
  • No se cumplan los requisitos técnicos de integridad.

5.2. Falta de certificación de sistemas obligados

  • Sanción de 1.000 € por cada software comercializado sin certificación cuando sea exigible.

5.3. Tenencia de sistemas no certificados

  • Sanción de 50.000 € por ejercicio.

6. Entrada en vigor y plazos de adaptación

Real Decreto 254/2025, publicado el 1 de abril de 2025, aprueba el Reglamento de requisitos de software de facturación.

Plazos de adaptación:

La implantación obligatoria del sistema Verifactu se retrasa un año respecto al calendario previsto inicialmente.

  • Empresas con facturación inferior a 6 millones de euros: la obligación pasa del 1 de enero de 2026 al 1 de enero de 2027.
  • Autónomos : la fecha se pospone del 1 de julio de 2026 al 1 de julio de 2027.

En consecuencia, tanto empresas como autónomos disponen de un año adicional para adaptar sus sistemas de facturación a los requisitos técnicos y de control que exige Verifactu.