Novedades del Sistema Informático de Facturación: VERIFACTU
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) está implementando una de las mayores transformaciones en la gestión fiscal de los últimos años: el sistema VERIFACTU.
Si emites facturas, te explicamos cómo funciona este sistema obligatorio y qué implicaciones tiene para tu negocio.
1. Qué es el VERIFACTU
Sistema de verificación de facturación electrónica desarrollado por la AEAT.
Objetivo principal:
- Combatir el fraude fiscal.
- Impulsar la digitalización de los procesos contables.
Funcionalidad esencial:
- Garantiza autenticidad, integridad y trazabilidad de las facturas emitidas.
- Permite a la Administración detectar inconsistencias en tiempo real.
2. Obligados y alcance
Obligados directamente:
- Los desarrolladores y proveedores de software de facturación, quienes deben adaptar sus programas a los requisitos VERIFACTU.
- Empresas y autónomos:
Al utilizar un software homologado, pueden optar por remitir o no sus facturas a la AEAT de manera voluntaria (con excepciones reglamentarias).
3. Características técnicas del sistema
3.1. Integridad y seguridad
Registro inalterable mediante:
- Huellas digitales (hash).
- Firmas electrónicas.
- Generación automática de un registro de facturación de alta por cada factura emitida.
3.2. Trazabilidad
- Encadenamiento de registros para garantizar el seguimiento de cada factura.
- Posibilidad de generar un registro de anulación con estructura equivalente al registro de alta.
3.3. Comunicación con la AEAT
- Envío de información:
- Seguro, íntegro y automático.
- Continuado, consecutivo e instantáneo.
Garantiza la autenticidad y exactitud del registro de facturación.
3.4. Requisitos en las facturas
Inclusión obligatoria de:
- Código QR con información relevante.
- Leyenda: “VERI*FACTU”.
- Incorporación de mecanismos de huella/hash y firma electrónica.
4. Ventajas
Reducción del riesgo de:
- Sanciones.
- Errores contables.
- Inspecciones derivadas de incidencias formales.
- Mayor seguridad jurídica y transparencia en las operaciones comerciales.
- Ventaja competitiva en validación instantánea de facturas.
- Facilita auditorías y comprobaciones tributarias.
- Asegura autenticidad e integridad de las facturas mediante automatización.
5. Régimen sancionador
5.1. Fabricación y comercialización de SIF no conformes
Multa de 150.000 € por ejercicio cuando:
- Se generen contabilidades distintas.
- No se registren total o parcialmente las transacciones.
- Se alteren registros ya generados.
- No se cumplan los requisitos técnicos de integridad.
5.2. Falta de certificación de sistemas obligados
- Sanción de 1.000 € por cada software comercializado sin certificación cuando sea exigible.
5.3. Tenencia de sistemas no certificados
- Sanción de 50.000 € por ejercicio.
6. Entrada en vigor y plazos de adaptación
Real Decreto 254/2025, publicado el 1 de abril de 2025, aprueba el Reglamento de requisitos de software de facturación.
Plazos de adaptación:
La implantación obligatoria del sistema Verifactu se retrasa un año respecto al calendario previsto inicialmente.
- Empresas con facturación inferior a 6 millones de euros: la obligación pasa del 1 de enero de 2026 al 1 de enero de 2027.
- Autónomos : la fecha se pospone del 1 de julio de 2026 al 1 de julio de 2027.
En consecuencia, tanto empresas como autónomos disponen de un año adicional para adaptar sus sistemas de facturación a los requisitos técnicos y de control que exige Verifactu.